[WEBINAR] Fiscalización ambiental del OEFA en el marco del COVID-19
El pasado 15 de junio realizamos el webinar “Fiscalización Ambiental del OEFA en el Marco del COVID-19”, con la ponencia de José Reyes, especialista ambiental, e Inspector Comercial en Ogreen.
Se expuso sobre la gestión, protocolos y procedimientos que se llevan a cabo en la Fiscalización Ambiental de la OEFA en esta nueva normalidad. En todos los sectores, la pandemia a acelerado la digitalización y esta no es la excepción, ya que gestionar los trámites de este procedimiento de manera virtual agiliza los procesos, pero no por ello, disminuye la eficiencia de las fiscalizaciones.
OEFA Y EL ENFOQUE DE LA FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
Para poder entrar a detalles es importante que conozcamos qué es el OEFA. El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, y ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA).
Desde septiembre del 2012, la OEFA ha buscado consolidar un nuevo enfoque de fiscalización, el cual equilibre las tensiones del desarrollo de la inversión (actividades económicas) y el derecho que tienen los ciudadanos de vivir en un ambiente sano con un claro objetivo se sostenibilidad generando así, una fiscalización eficiente, efectiva y razonable auténticamente disuasiva, pero, lejos de la arbitrariedad.
FUNCIONES DE LA OEFA COMO ENTE FISCALIZADOR
El OEFA tiene cuatro funciones principales que son:
- Función evaluadora:
Comprende la vigilancia y el monitoreo de la calidad del ambiente y del estado de conservación de los recursos naturales.
- Función Fiscalización y sanción:
Comprende la investigación de la comisión de posibles infracciones administrativas y la imposición de sanciones (medidas cautelares, medidas correctivas y multa adquisitivas).
- Función de supervisión directa:
Se encarga de la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales y dictado de medidas preventivas, mandatos de carácter particular entre otros.
- Función de aplicación de incentivos:
Así como la OEFA sanciona, también realiza la entrega de incentivos, mediante la cual se administra el registro de buenas prácticas ambientales de algunos administrados y se otorgan incentivos para promover el cumplimiento de la normativa ambiental.
SECTORES Y/O ACTIVIDADES FISCALIZADAS POR OEFA
Hay un proceso de transferencia de funciones que se ha ido dando, ya que anteriormente cada ministerio contaba con su propia área de fiscalización y algunos aún lo tienen, de manera gradual desde el año 2010. A la fecha, aún existen procesos que se encuentran en etapa de transferencia pero, los sectores principales que ya se encuentran finalizados bajo el poder de fiscalización y supervisión de la OEFA son minería (medianas y grandes mineras), energía (hidrocarburos y electricidad), pesquería (procesamiento pesquero – industrial y la apicultura de mayor escala), industrial (cerveza, papel, cemento, curtiembre, fundición de mentales, combustible, elaboración de bebidas y otros), salud (rellenos sanitarios y rellenos de seguridad), agricultura, consultoras ambientales, comercio y liberación de organismos vivos modificados (OVM).
Como vemos, la OEFA tiene como competencia una extensa diversidad de sectores.
OBLIGACIONES AMBIENTALES FISCALIZABLES
Con esta amplia competencia de sectores, el OEFA se encarga de revisar y verificar, las obligaciones ambientales fiscalizables, que son aquellas exigibles a los administrados que se encuentran establecidas en la normativa ambiental, los instrumentos de gestión ambiental (IGA) que se hayan aprobado para cada sede – local o proyecto de cada administrado, mandato y disposición emitidas por la autoridad competente, mediada administrativas emitidas por la autoridad fiscalizadora y otras fuentes.
La OEFA cuenta con dependencias que se encargan de este tipo de fiscalizaciones.
PRINCIPALES ACTORES DE UNA FISCALIZACIÓN
Durante una fiscalización que comprende una supervisión ambiental, hay actores principales. Estos son el supervisor (persona natural o jurídica que ejerce la función de supervisión de conformidad con lo establecido en la normativa vigente), el administrado (persona natural o jurídica, así como cualquier otra forma asociativa de empresa o patrimonio que desarrolla una actividad económica, servicio o función sujeta a supervisión) y la unidad fiscalizable (aquel espacio físico, donde el administrado desarrolla obras, acciones y actividades relacionadas entre sí, que conforman su actividad económica que está sujeta a supervisión).
Ante lo sucedido, la emergencia sanitaria por la propagación del COVID-19 el año pasado, llevó al inicio de una cuarentena, por lo que la interacción que tenían los actores se vio restringida de manera presencial, se paralizaron todo tipo de actividad tanto el administrado como de las entidades estatales como es la OEFA, produciendo así una interrupción inmediata y los administrados no sabían que hacer, ya que hay obligaciones ambientales que preocupan si no se llegasen a cumplir. Ante este hecho, la OEFA difundió una serie de respuestas.
RESPUESTA DEL LA OEFA ANTE LA PANDEMIA
OEFA comunicó la continuidad de atención de emergencias ambientales, la mayoría de ellas relacionadas a casos de derrames de hidrocarburos e incendios.
Para el acceso a la información pública se sugirió emplear un formulario web y se brindó un correo electrónico (accesoinformacion@oefa.gob.pe.) Asimismo, para denuncias ambientales sugieren realizarlo de manera virtual el Servicio Nacional de Denuncias Ambientales (SINADA).
Te dejamos el video del webinar donde nuestro experto amplía más sobre los detalles de cómo la OEFA ha venido brindando respuesta.
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